El coste bonificable de los PIFs equivale al coste salarial (base de cotización + seguros sociales) de las horas que el trabajador se ha ausentado a su puesto de trabajo durante el permiso concedido. Este coste se puede bonificar en cada empresa con cargo a dos posibles partidas presupuestarias:
– A su crédito formativo.
– Al crédito adicional del 5% sobre todo el fondo destinado a Formación de Demanda y que queda recogido en el artículo 13.3. del RD 395/2007, de 23 de marzo.
Este crédito adicional global se va disponiendo por cada empresa que va notificando un PIF mediante una partida de crédito horario que depende de la pantilla media. Así, una empresa que tiene hasta 9 trabajadores posee un máximo de 200h, una de hasta 49 trabajadores 400 h, 600 h si tiene entre 50 y 249 trabajadores …
Esto solo afecta a aquellas empresas que no dispongan de crédito suficiente para hacer acciones formativas y, al mismo tiempo, PIFs; ya que las grandes empresas que no tengan comprometido el total de su crédito para la ejección de planes formativos de interés de la organización, y no del individuo, si que pueden seguir notificando PIFs con cargo a la primera partida presupuestaria, la que depende de su cuota de formación profesional aportada.
No obstante, los PIFs notificados hasta la fecha se pueden bonificar mensualmente sin ningún tipo de problemas; siempre y cuando realicemos la notificación de finalización cuando termine el periodo formativo.