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¿Qué es un Permiso Individual de Formación (PIF)?
- Es un permiso que concede la empresa a sus trabajadores para asistir a cursos oficiales durante su jornada laboral.
- Es un derecho que tienen todos los trabajadores, y una oportunidad para todas las empresas.
¿Quiénes son los beneficiarios de un Permiso Individual de Formación (PIF)?
- Todos los trabajadores que coticen en el Régimen General.
- Todas las empresas que coticen en el Régimen General
¿Qué requisitos deben cumplir?
- Los Trabajadores deben de tener el consentimiento de la Empresa
- La Empresa debe de estar al día en sus obligaciones tributarias y de la S.S.
¿Qué requisitos debe cumplir la formación?
Debe estar reconocida mediante:
- Acreditación oficial
- Titulación oficial
- Títulos de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad
- Acreditación de competencias para el ejercicio de una ocupación u oficio
- Tener carácter técnico-profesional.
- Debe ser presencial y en horario laboral, aunque también se permite bonificar las horas presenciales de cursos en modalidad mixta.
- Se deberá justificar este dato presentando el calendario y horario lectivo del curso así como el horario laboral del trabajador.
- No se podrán bonificar los permisos para acudir a exámenes.
¿Cuantas horas debe tener un PIF?
- De 1 a 9 trabajadores.- 200 horas
- De 10 a 49 trabajadores.- 400 horas
- De 50 a 249 trabajadores.- 600 horas
- De 250 a 499 trabajadores .- 800 horas
¿Qué Cantidad puede bonificar tu Empresa?
- A la empresa se la recompensa con tu coste salarial, dado que las horas en las que realizas la formación, estarás ausente de tu puesto de trabajo.
- Así, las empresas disponen de dos créditos distintos. El crédito total será la suma de ambos:
- Crédito para PIF en Euros: 5% crédito anual que la Fundación Tripartita asigna a las empresas para acciones formativas a sus trabajadores.
- Crédito para PIF en horas: un máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico.
- La empresa conseguirá una bonificación por hora laboral que incluye:
- Salario del trabajador: Sueldo base + antigüedad + complementos fijos + y la parte correspondiente de pagas extraordinarias
- Cuota empresarial de la Seguridad Social
- Así, las empresas disponen de dos créditos distintos. El crédito total será la suma de ambos:
- MUY IMPORTANTE:
- El coste de gestión de un PIF NO ES BONIFICABLE PARA LA EMPRESA.
- La empresa no tiene por qué hacerse cargo del importe de la matrícula del curso que realices. Estos gastos NO SON BONIFICABLES.
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