El Senado aprueba un cambio en la Ley de Formación Profesional

El Pleno del Senado ha dado luz verde a una ley complementaria de la Ley de Economía Sostenible que modifica la Ley Orgánica de Cualificaciones y Formación Profesional y la Ley Orgánica de Educación (LOE) tras incorporar un total de ocho enmiendas transaccionales y cuatro introducidas por CiU y el PP.

La modificación, que afecta a distintos apartados de ambas normativas, está dirigida a enfocar los estudios, especialmente el cuarto curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) al mercado laboral, así como a facilitar que se compagine la formación profesional con el mantenimiento de un empleo.

En este sentido, se modificaría la Ley Orgánica de Cualificaciones y de Formación Profesional de 2002, con una batería de reformas que vinculan las titulaciones a las necesidades del mercado laboral, crear cursos de especialización que complementen estas enseñanzas, «flexibilizar» los estudios a distancia para que sean compatibles con un trabajo o ampliar la red de centros de preparación para el empleo, entre otras medidas.

Así, se añade un apartado al Artículo 10 de la ley vigente para que las administraciones educativas planifiquen la oferta de estas enseñanzas a «la realidad socioeconómica del territorio de su competencia, las propias expectativas de los ciudadanos, las demandas de formación, así como las perspectivas de desarrollo económico y social» para realizar una oferta «que responda a las necesidades de cualificación de las personas».

Además, se establece la creación de «entornos integrados de educación superior», de tal manera que los campus universitarios incorporen en su ámbito de influencia centros de formación profesional que impartan ciclos formativos de grado superior cuyas familias profesionales se encuentren relacionadas con las especializaciones del campus.

En cuanto a la LOE, la norma complementaria de la Ley de Economía Sostenible persigue que cuarto de la ESO sea un curso orientador, para lo que se modifica, entre otras cuestiones, el diseño del curso. En concreto, se elimina la lista de asignaturas optativas entre las que seleccionar tres y se deja en manos de las administraciones educativas establecer este «conjunto» de materias.

Otro de los aspectos a destacar de esta modificación legislativa es el referido al apartado 3 del artículo 31 de la LOE, según el cual, los alumnos que cursen la ESO y no obtengan el título recibirán un certificado de escolaridad en el que consten los años cursados. Como novedad, en esta certificación deberá constar el nivel de adquisición de las competencias básicas.

Además, las administraciones educativas, al organizar las pruebas libres para la obtención del título de graduado en ESO, determinarán las partes de la prueba que tienen superadas.

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